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¿Se puede calcular una incapacidad?
La prestación económica por incapacidad permanente, en su modalidad contributiva, trata de cubrir la pérdida de renta salariales o profesionales que sufre una persona, cuando estando afectada por un proceso patológico o traumático derivado de una enfermedad o accidente, ve reducida o anulada su capacidad laboral de forma presumiblemente definitiva.
Las prestaciones, a que dan lugar los diferentes grados de incapacidad, están incluidas dentro de la acción protectora del Régimen General y de los Regímenes Especiales, el cálculo de dicha pensión no es proceso fácil, por ello desde Legal Principado Abogados te explicaremos en este post de un manera sencilla y directa como proceder a su cálculo, aunque siempre recomendamos acudir a especialistas cualificados como los conformas nuestra plantilla.
¿Cómo calcular la pensión de incapacidad permanente?
Lo primero y fundamental es calcular la base reguladora, para poder obtener un importe estimado de lo que se podrá percibir por una incapacidad permanente, debe recordarse que la pensión por incapacidad permanente es siempre una pensión contributiva, es decir, que se cobrará en función de lo que hayamos cotizado.
Existen también otros factores que deben conocerse como son la edad, los años cotizados, el régimen de cotización, si se ha trabajado a media jornada o jornada completa, así como si existen períodos en los que de no se haya cotizado. Es muy importante también el tipo de contingencia de la que se derive la incapacidad permanente, ya que el cálculo de la base reguladora será diferente según nos encontremos ante una enfermedad común, enfermedad profesional, accidente no laboral o accidente laboral.
Desde Legal Principado, somos especialistas en solicitar incapacidad permanente
¿Qué necesito para calcular mi incapacidad permanente?
¿Cómo calcular la base reguladora para una incapacidad permanente?
La base reguladora, así como el método para calcularla, variarán en función del grado de incapacidad y del tipo de contingencia de la que se derive, es decir, las fórmulas para su cálculo serán diferentes conforme se trate de una pensión u otra, pero el resultado dependerá en gran medida de las bases de cotización del interesado.
Ejemplo cálculo pensión incapacidad
CÁLCULO DE LA BASE REGULADORA POR INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL
En este supuesto la base es la misma que se calcula para determinar la prestación por incapacidad temporal, es decir, el proceso se basa en dividir el importe de la base de cotización del mes anterior al de la fecha de inicio de la baja o incapacidad entre el número de días en que se articula el salario.
Finalmente, para calcular la cuantía de la pensión habrá que multiplicar la cuantía resultante por 24 mensualidades.
Ejemplo
Base de cotización de 2000 euros en un mes
Dividimos 2000/30 días cotizados = 66,67 euros de Base Reguladora Diaria
Ahora usaremos la Base Reguladora Diaria para calcular la cuantía de la incapacidad parcial: 66,67 Euros X 30días X 24 mensualidades = 48.0002,4 EUROS que se cobrarán en un único pago.
CÁLCULO DE LA BASE REGULADORA POR INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL
El cobro de la pensión en este supuesto comportará un 55% dela base reguladora.
[Incapacidad derivada de una enfermedad común]
- Trabajadores entre 52 y 65 años en la fecha del hecho causante
En primer lugar, dividir entre 112 las bases de cotización durante los 96 meses anteriores al mes previo al hecho causante de la incapacidad, debe tenerse en cuenta que los 24 meses anteriores al mes previo al del hecho causante se computan en su valor nominal en euros, las 72 bases restantes deberán ser actualizadas conforme al IPC.
Al resultado obtenido, deberá aplicarse según la normativa de la jubilación el porcentaje correspondiente en función de los años cotizados, se considera como cotizados de manera efectiva los años que falten, en la fecha del hecho causante, para cumplir la edad de jubilación vigente en cada momento. En caso de no alcanzar los 15 años cotizados, el porcentaje aplicable será del 50%.
Finalmente, para el cálculo de la cuantía de la pensión habrá que aplicar al resultado obtenido el porcentaje según el grado de incapacidad, en este caso el 55%, el resultado será la cuantía que percibir mensualmente.
- Trabajador menor de 52 años en la fecha del hecho causante
Se les exige un período de cotización inferior a 8 años, el cálculo de su base reguladora es como el de los mayores de 52 años, pero con las siguientes matizaciones: Dividir la suma de las bases mensuales de cotización entre el número de meses a que dichas bases se refieran, multiplicando este divisor por el coeficiente 1,1666; deberán excluirse siempre de la actualización del IPC las bases correspondientes a los 24 meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante de la incapacidad.
- Trabajador con 65 o más años en la fecha del hecho causante
Si se supera dicha edad, pero no se reúnen los requisitos de jubilación, para calcular la base reguladora se dividirán entre 112 las bases de cotización durante los 96 meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante.
- Trabajadores a tiempo parcial
La base reguladora de trabajadores a tiempo parcial que accedan a una incapacidad permanente total derivada de enfermedad común será la misma que la que se calcularía para la jubilación.
[Incapacidad derivada de un accidente no laboral]El cálculo de la base reguladora se hará de la siguiente manera: Dividir entre 28 la suma de las bases de cotización durante un período ininterrumpido de 24 meses, este período será elegido dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha del hecho causante, en caso de que el trabajador a la fecha del causante no tuviera completado dicho período ininterrumpido de 24 mensualidades, la base reguladora se obtendrá utilizando la forma más beneficiosa entre estas dos:
- Dividir entre 28 la suma de un período ininterrumpido de 24 meses, aunque no se haya cotizado en todos ellos.
- Dividir entre 28 la suma de las bases mínimas de cotización vigentes en los 24 meses inmediatamente anteriores al hecho causante de la incapacidad, tomándolas en la cuantía correspondiente a la jornada laboral.
Finalmente, para calcular la cuantía de la pensión habrá que aplicar al resultado obtenido el porcentaje correspondiente, en este caso del 55%, siendo el resultado obtenido la cuantía a percibir mensualmente.
[Incapacidad derivada de un accidente laboral o enfermedad profesional]
La base reguladora tras una contingencia profesional se consigue al dividir entre 12 la suma de los siguientes conceptos:
1.- Sueldo y antigüedad diarios en la fecha en la que se produjo el accidente o la baja por enfermedad, todo ello multiplicado por 365 días.
2.- Las pagas extraordinarias, los beneficios o las participaciones, en su importe total del año anterior a aquel en el que se produjo el hecho causante.
3.- El resultado de dividir los pluses, retribuciones complementarias y horas extraordinarias percibidas en el año anterior al accidente, entre el número de días efectivamente trabajados en dicho período, después este resultado hay que multiplicarlo por 273, en caso de que los números laborales sean menores, deberán multiplicarse por los días exactos.
Finalmente, para calcular la cuantía de la pensión, habrá de aplicarse al resultado obtenido el porcentaje correspondiente, en este caso el 55%, además al ser accidente de trabajo o enfermedad profesional, podría tenerse derecho a un complemento, que podrá ser del 30 y hasta del 50% que será abonado por el empresario, siendo el resultado final la cuantía a percibir mensualmente.
CÁLCULO DE LA BASE REGULADORA POR INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA
La prestación que se recibirá por una incapacidad permanente absoluta corresponderá al 100% de la base reguladora.
El método para su cálculo es exactamente el mismo que para la incapacidad permanente total tanto en supuestos de enfermedad común, enfermedad profesional y accidente laboral, sólo existen ciertas variaciones en el supuesto de del accidente no laboral, que son la siguientes:
- Por accidente no laboral en situación de alta o asimilada al alta
Si el accidente no sucedió durante el ejercicio de la actividad laboral, el cálculo de la base reguladora se hará de la siguiente manera: Dividir entre 28 la suma de las bases de cotización durante un período ininterrumpido de 24 meses, este período será elegido dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha del hecho causante.
Si en la fecha del hecho causante el trabajador no tiene completado ese período de 24 meses ininterrumpidos de cotización, la base reguladora se obtendrá utilizando la fórmula más beneficiosa entre las siguientes: a) Dividir entre 28 la suma de un período ininterrumpido de 24 meses aunque no se haya cotizado en todos ellos. b) Dividir entre 28 la suma de las bases mínimas de cotización vigentes en los 24 meses inmediatamente anteriores al hecho causante, tomando estas en la cuantía correspondiente a la jornada laboral.
- Por accidente no laboral en situación de no alta
Dividir entre 112 las bases de cotización de los últimos 96 meses, actualizando las bases de los últimos 72 meses conforme al IPC, para las 24 primeras se deberá usar el valor nominal en euros.
CÁLCULO DE LA BASE REGULADORA POR GRAN INVALIDEZ
La cuantía de una pensión por gran invalidez va a estar formada por el importe de la pensión que corresponda por incapacidad absoluta, pero incrementado con un complemento, por ello no podemos hablar como tal del cálculo de base reguladora por incapacidad permanente en grado de gran invalidez, ya que primero hay que hallar la base conforme a la fórmula de la incapacidad permanente absoluta y posteriormente añadir la cuantía complementaria.
Finalmente, para calcular la cuantía de la pensión deberá sumarse el 45% de la base mínima de cotización que estuviera vigente en el momento de reconocerse la incapacidad, y el 30% de la última base de cotización del trabajador, el importe resultante no podrá ser inferior al 45% de la pensión que se percibiera en ese momento.
Desde Legal Principado analizamos tu caso y te acompañamos en el procedimiento de solicitud.