¿Qué significa incapacidad permanente?

Equipo de Legal Principado Incapacidades

¿Qué es una incapacidad permanente? Descubre su significado

Es la prestación que puede solicitar un trabajador dada la imposibilidad de poder realizar o desempeñar las funciones habituales de su puesto de trabajo, o incluso de cualquier otro, existen por lo tanto diferentes grados, los cuales darán lugar a prestaciones o pensiones de diferentes cuantías.

Definición incapacidad permanente

La Invalidez o Incapacidad Permanente es aquella situación en la que un trabajador tiene derecho a recibir una pensión por no poder trabajar debido a una lesión o enfermedad que le limita para una o cualquier actividad laboral.

Tipos de incapacidad permanente

Existen cuatro tipos de Incapacidad Permanente, es decir, cuatro grados, que se clasifican de la siguiente manera:

  • Incapacidad Permanente Parcial
  • Incapacidad Permanente Total
  • Incapacidad Permanente Absoluta
  • Gran Invalidez

¿Qué es incapacidad permanente?

La Incapacidad Permanente es aquella situación en la que un trabajador, tras una enfermedad o accidente, ya sea profesional o no, y haber seguido el tratamiento correspondiente, tiene secuelas que finalmente le impiden desempeñar su trabajo o disminuyen su capacidad laboral.

En cuanto a los requisitos, como ya hemos mencionados en artículos anteriores, exigidos para solicitar una Incapacidad Permanente, debe recordarse que el más importante es estar dado de alta o en situación asimilada al alta en el momento del hecho causante, y que en caso de accidente laboral o enfermedad profesional no se exige período de cotización previo, así como que el derecho al reconocimiento de las referidas prestaciones prescribe a los cinco años a partir del días siguiente al hecho causante.

¿Qué son las lesiones permanentes no invalidantes?

Las lesiones permanentes no invalidantes son aquellas lesiones, mutilaciones o deformidades causadas por un accidente laboral o enfermedad profesional que alteran o modifican tu integridad física pero sin llegar a reconocerse la Incapacidad Permanente, y ello por no mermar de manera significativa tu capacidad para desarrollar una actividad profesional.

Estas lesiones permanentes no invalidantes se regulan en la Orden ESS/66/2013, de 28 de enero, a las cuales se les aplica un baremo concreto y cuyo reconocimiento supone el abono de una cantidad determinada en un único pago.

Desde Legal Principado analizamos tu caso y te acompañamos en el procedimiento de solicitud.